Inscripción del nacimiento en el Registro Civil


La inscripción de nacimiento es el asiento registral, extendido por el encargado del Registro Civil, que hace fe del hecho del nacimiento, de la fecha, hora y lugar en que tuvieron lugar, identidad, sexo y, en su caso, de la filiación del inscrito.

¿Quién está obligado a promover la inscripción de nacimiento?

Están obligados a promover la inscripción de nacimiento:

  • La dirección de hospitales, clínicas y establecimientos sanitarios.
  • El personal médico o sanitario que haya atendido el parto, cuando éste haya tenido lugar fuera de establecimiento sanitario.
  • Los progenitores. No obstante, en caso de renuncia al hijo en el momento del parto, la madre no tendrá esta obligación, que será asumida por la Entidad Pública correspondiente.
  • El pariente más próximo o, en su defecto, cualquier persona mayor de edad presente en el lugar del alumbramiento al tiempo de producirse.

¿Qué documentación debe acompañar a la declaración?

La declaración se efectuará presentando el documento oficial debidamente cumplimentado, que comprenderá la identificación y nacionalidad de los declarantes, y sus declaraciones relativas al nombre elegido para el recién nacido, el orden de sus apellidos y su filiación paterna, acompañado del certificado médico preceptivo firmado electrónicamente por el facultativo.

Cuando haya transcurrido desde el nacimiento el plazo previsto, se precisará resolución dictada en expediente registral.

Solicitar inscripción de nacimiento en el Registro Civil:

Tu nombre(Obligatorio)
Tu dirección(Obligatorio)
Tu dirección de correo electrónico(Obligatorio)