El Cambio de nombre y apellidos en el Registro Civil es el procedimiento por el que un ciudadano puede cambiar sus apellidos, el orden de éstos o su nombre.
Requisitos
Cambio de apellidos
Para que se autorice debe acreditarse:
- Que el afectado por el cambio usa y es conocido por el apellido que solicita. Ese uso y conocimiento no puede crearse intencionadamente para conseguir el cambio.
- Que los apellidos nuevos pertenecen legítimamente al interesado.
- Que los apellidos que resulten del cambio, no pertenezcan a una sola línea, sino que sean uno de la paterna y el otro de la materna.
Cambio del orden de los apellidos
El sistema español de imposición de apellidos supone que, si la filiación está determinada por ambas líneas, los progenitores acordarán el orden de transmisión de su respectivo primer apellido antes de la inscripción registral.
En caso de desacuerdo o cuando no se hayan hecho constar los apellidos en la solicitud de inscripción, el Encargado del Registro Civil requerirá a los progenitores, o a quienes ostenten la representación legal del menor, para que en el plazo máximo de tres días comuniquen el orden de apellidos. Transcurrido dicho plazo sin comunicación expresa, el Encargado acordará el orden de los apellidos atendiendo al interés superior del menor.
Cambio del nombre
Es posible cambiar el nombre propio:
- Cuando lo solicite el interesado por usar habitualmente un nombre distinto del que consta en la inscripción de nacimiento o por otra justa causa.
- Cuando el nombre se hubiese impuesto con infracción de las normas establecidas.
- Cuando se trate de la traducción de un nombre extranjero.
- Cuando se trate de la traducción o adaptación gráfica o fonética a las lenguas españolas.
- Cuando se rectifique la mención registral del sexo.
Deberá tenerse en cuenta:
- No pueden imponerse más de dos nombres simples o de uno compuesto. En este caso, los dos nombres se unirán por medio de un guión.
- El nombre no puede perjudicar objetivamente a la persona. Por ello se excluyen los que resulten por si o en combinación con los apellidos, deshonrosos, humillantes, denigrantes, etc.
- No se admiten los que hagan confusa la identificación (por ejemplo, un apellido convertido en nombre) ni los induzcan en su conjunto a error sobre el sexo.
- No se puede atribuir a un hermano el nombre de otro hermano vivo.
Solicitar cambio de nombre y apellidos en el Registro Civil: