Inscripción de defunción en el Registro Civil


Inscripción de defunción en el Registro Civil

¿Qué es la inscripción de la defunción en el Registro Civil?

La inscripción de defunción es el asiento registral, extendido por el encargado del Registro Civil, que da fe del fallecimiento de una persona (fecha, hora y lugar en que acontece el fallecimiento).

Aunque puede realizarla un familiar, por lo general es la funeraria, en representación de la familia, la que se encarga de realizar este trámite ante el Registro Civil o Juzgado de Paz. La funeraria es quien posee la documentación necesaria y, por lo general, quien se encarga de presentarla ante el Registro Civil o Juzgado de Paz que corresponda según el lugar del fallecimiento.


Qué necesitas

  • Certificado médico de defunción.
  • Fotocopia del DNI o pasaporte de la persona fallecida.
  • Impreso oficial de declaración de fallecimiento por familiar y autorización de la funeraria.

La funeraria es quien posee esta documentación y, por lo general, quien se encarga de presentarla ante el Registro Civil o Juzgado de Paz que corresponda según el lugar del fallecimiento.

Quién puede realizarlo

Aunque puede realizarla una persona de la familia, por lo general es la funeraria, en representación de la familia, la que se encarga de realizar este trámite ante el Registro Civil o Juzgado de Paz.

Cuándo y dónde solicitarlo

Las inscripciones se realizan 24 horas después del fallecimiento.

Debes presentarlo en el Registro Civil o Juzgado de Paz del municipio en el que se haya producido el fallecimiento. La atención al público en los Registros Civiles y Juzgados de Paz de Euskadi se realiza por correo electrónico o por teléfono.  Por lo tanto, si tienes que acudir de manera presencial a realizar un trámite a un Registro Civil es imprescindible que solicites cita a través del Servicio de Cita Previa.

Más información

Cómo te respondemos

Inscribiremos al momento el fallecimiento.

Subsanación de posibles errores

Si tras la inscripción del fallecimiento observas algún error en el certificado de defunción, deberás iniciar un expediente de rectificación de error en el Registro Civil donde esté inscrito el fallecimiento aportando los documentos que acrediten tal inexactitud. Si se trata de un error de grafía durante la trascripción de los datos, subsanarán el error al momento y te entregarán un certificado de defunción con los datos rectificados. Si el error localizado en el certificado es porque el DNI de la persona fallecida o cualquier otro documento contiene también dicho error, la subsanación de la incorrección conllevará diferentes gestiones como la tramitación del certificado de nacimiento, por lo que el trámite se puede prolongar durante varios días y, por lo tanto, hasta pasado dicho plazo no te podrán entregar el certificado rectificado.

Información complementaria

Actualmente, no consta en las inscripciones de fallecimiento la causa de la defunción, por lo que, si necesitas acreditar dicha causa, deberás solicitar el certificado médico. Este certificado se guarda durante varios días en el Registro Civil o Juzgado de Paz en el que se haya inscrito el fallecimiento y, después, se envía al Instituto Nacional de Estadística (INE). De modo que si necesitas dicho certificado deberás ponerte en contacto con las delegaciones provinciales del INE.