¿Es público el Registro de la Propiedad?


¿Es público el Registro de la Propiedad?

Sí, pero solo para aquellas personas que tengan interés legítimo en conocer el estado registral de una finca, interés que será apreciado por el Registrador de la Propiedad que, en cada caso concreto, corresponda.

¿La información del Registro de la Propiedad es pública?

Como te hemos comentado unas líneas más arriba, los datos contenidos en el Registro de la Propiedad son públicos. Por lo tanto, quien tenga un interés legítimo en averiguar el estado de los bienes inmuebles o los derechos puede conocerlo a través de una nota simple informativa o certificación expedida por un registrador.

Con una nota simple puede conocerse quién es el propietario y si la vivienda tiene cargas.

Aunque la nota simple tiene un valor puramente informativo, con ella se puede saber a nombre de quién figura una vivienda que se desea adquirir y si existe algún otro derecho sobre ella (alquiler o hipoteca, por ejemplo). Para tener fe del contenido de los asientos (de lo que hay registrado) hay que solicitar una certificación, que tiene consideración de documento público al estar firmada por un registrador. En ambos documentos, y con carácter general, podemos obtener los datos sobre la descripción de la finca, la titularidad y las cargas.

La nota simple administrativa es uno de los documentos necesarios para comprar una vivienda de segunda mano, ya que con ella puedes asegurarte de que la propiedad no tiene cargas pendientes.

Entonces, ¿La información registrada es pública?

Sí, su contenido es de acceso público pero antes de facilitarlos, el registrador de la propiedad debe constatar que existe un interés justificado y razonado para consultar el estado de una finca o inmueble.

Por ejemplo: imaginemos que una sentencia judicial ha condenado a una persona a indemnizar a otra con ‘X’ cantidad de dinero, pero el que debe pagar no lo hace porque asegura no tener ese dinero. Si la persona que ha ganado la sentencia sospecha que esa persona tiene un piso, su abogado o él mismo podrán consultar al Registro de la Propiedad y esa información le permitirá trabar embargo judicial para garantizar el pago del importe de la condena.

Obtener información del Registro de la Propiedad: