Registro de Bienes Muebles de Madrid


Contacto con el Registro de Bienes Muebles de Madrid

  • Dirección: Paseo de la Castellana, 44, 28046 Madrid
  • Teléfono: 915 76 01 17
  • Provincia: Comunidad de Madrid

Horario del Registro de Bienes Muebles de Madrid

El Registro de Bienes Muebles de Madrid estará abierto al público a todos los efectos, incluido el de presentación de documentos:

  • De lunes a viernes, desde las 9:00 a las 17:00 horas (excepto el mes de agosto y los días 24 y 31 de diciembre, que estará abierto desde las 9:00 hasta las 14:00 horas).

Trámites con el Registro de Bienes Muebles de Madrid

Nota Simple de Vehículo


Registro de Bienes MueblesRegistro de Bienes Muebles


Preguntas frecuentes sobre el Registro de Bienes Muebles de Madrid


¿Qué es el Registro de Bienes Muebles de Madrid?

El Registro de Bienes Muebles de Madrid es un Registro jurídico de titularidades y gravámenes sobre bienes muebles llevado por los Registradores de la Propiedad y Mercantiles, bajo la dependencia del Ministerio de Justicia.

El Registro de Bienes Muebles de Madrid tiene por objeto la publicidad de la propiedad y de las cargas sobre bienes muebles, así como de cláusulas contractuales y sentencias en el caso de las condiciones generales de la contratación.

Al igual que en el Registro de la Propiedad se inscriben los bienes inmuebles, en el Registro de Bienes Muebles de Madrid se inscriben los contratos sobre bienes muebles, es decir, bienes susceptibles de desplazamiento.

El Real Decreto 1828/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprobó el Reglamento del Registro de Condiciones Generales de la Contratación y determinó la creación del Registro de Bienes Muebles entró en vigor el 23 de febrero de 2000.


¿Qué secciones integran el Registro de Bienes Muebles y qué se inscribe en ellas?

El Registro de Bienes Muebles de Madrid está integrado por las siguientes secciones, clasificadas por razón del objeto:

  1. Sección de Buques y Aeronaves: Aquí se inscriben las hipotecas navales, compraventas, leasing y cualesquiera contratos, anotaciones de embargo y demás gravámenes sobre buques y aeronaves.
  2. Sección de Automóviles y otros Vehículos de Motor: Es la Sección donde se inscriben los contratos de ventas a plazos, arrendamientos financieros (leasing), otros tipos de arrendamientos (como el renting) y cualesquiera contratos, anotaciones de embargo, demanda, o prohibición de disponer, y demás anotaciones preventivas o gravámenes sobre automóviles y vehículos de motor.
  3. Sección de Maquinaria Industrial, establecimientos mercantiles y Bienes de equipo: donde se inscriben las hipotecas mobiliarias sobre maquinaria industrial o establecimientos mercantiles, así como las anotaciones de embargo y otros gravámenes sobre tales bienes.
  4. Sección de garantías reales: En ella se inscriben las hipotecas mobiliarias y prendas sin desplazamiento sobre derechos de propiedad industrial e intelectual.
  5. Sección de otros bienes muebles registrables: Se incluyen los contratos y los gravámenes sobre otros bienes, como títulos de valores nominativos, participaciones sociales, licencias de pesca u otros de carácter administrativo susceptibles de transmisión.
  6. Sección del Registro de Condiciones Generales: En ésta se depositan las condiciones generales y se inscriben las sentencias judiciales que les afectan.

Dentro de cada una de las secciones que lo integran se aplicará la normativa específica reguladora de los actos o derechos inscribibles que afecten a los bienes, o a la correspondiente a las condiciones generales de la contratación.


¿Qué no se puede inscribir en el Registro de Bienes Muebles de Madrid?

No son inscribibles los precontratos o los actos preparatorios de otros inscribibles. Tampoco cabe la inscripción de los actos o contratos sobre bienes no identificables.

A estos efectos se considerarán bienes identificables todos aquellos en los que conste impresa la marca, modelo en su caso, y número de serie o fabricación de forma indeleble o inseparable en una o varias de sus partes fundamentales o que tengan alguna característica distintiva que excluya razonablemente su confusión con otros bienes.

Tratándose de automóviles, camiones u otros vehículos susceptibles de matrícula, su identificación registral se efectuará por medio de aquélla o del número de chasis.


¿El Registro de Bienes Muebles es público?

El Registro de Bienes Muebles de Madrid es público para todo el que tenga interés legítimo en conocer su contenido.

Se presume que tienen interés las personas o entidades que desempeñen una actividad profesional o empresarial relacionada con el tráfico jurídico de bienes muebles, tales como entidades financieras, abogados, procuradores, graduados sociales, auditores de cuentas, gestores administrativos y demás profesionales que desempeñen actividades similares, así como las entidades y organismos públicos y los detectives, siempre que expresen la causa de la consulta y esta sea acorde con la finalidad del Registro.

Asimismo se presume que tienen interés quiénes sean parte en el contrato del cual nació el derecho inscrito.


¿Cuáles son los medios de publicidad del Registro de Bienes Muebles de Madrid?

La publicidad del Registro de Bienes Muebles de Madrid se llevará a efecto por medio de certificación o nota informativa.

La solicitud de notas simples sobre vehículos a motor inscritos en el Registro de Bienes Muebles de Madrid es posible a través de internet:

>>> Solicitar Nota Simple de Vehículo

Para solicitar certificaciones es necesario desplazarse al Registro de Bienes Muebles de Madrid. La certificación podrá ser literal o en extracto. La certificación literal solo se expedirá instancia de autoridad judicial o administrativa o de quien justifique interés en la obtención de la totalidad de los datos registrados. El único medio de acreditar en perjuicio de tercero los derechos y garantías inscritos es mediante la certificación.


¿Cómo se determina cuál es el Registro de Bienes Muebles competente?

La Ordenanza del Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles de 19 de julio de 1999 en su Disposición Transitoria cuarta dispone que el Registro de Bienes Muebles se ajustará a las siguientes reglas de competencia territorial:

  • Los buques construidos se inscribirán en el registro que corresponda a la provincia o distrito marítimo en que se hallen matriculados.
  • Los buques en construcción se inscribirán en el registro correspondiente al lugar en que se construyan.
  • Las aeronaves se inscribirán en el Registro Provincial de Bienes Muebles de Madrid.
  • Los automóviles en el domicilio correspondiente al domicilio del comprador o arrendatario.
  • Los establecimientos mercantiles se inscribirán en el Registro en cuya demarcación esté situado el local de negocio en que aquellos radiquen.
  • La maquinaria industrial y bienes de equipo se inscribirán en el Registro correspondiente al establecimiento mercantil al que estén afectos.
  • Los derechos de propiedad intelectual e industrial se inscribirán en el Registro Provincial de Madrid.
  • Los demás bienes muebles registrables en el Registro que determine la Ley o, en su defecto, en el correspondiente al lugar del domicilio del titular del bien.

Además de estas normas hay que tener en cuenta el artículo 9 de la Ordenanza para los casos que no puedan encuadrarse en las reglas anteriores. Así:

  • Será competente el Registrador de Venta a Plazos provincial que corresponda al domicilio del comprador o arrendatario en el momento de otorgarse el contrato. Cuando siendo varios los compradores o arrendatarios tengan distinto domicilio, podrá optarse por cualquiera de ellos.
  • La inscripción de cualquier modificación del contrato inscrito o su cancelación deberá hacerse en el mismo Registro en el que se inscribió el primitivo contrato.

Cuando la competencia no pueda determinarse por las reglas anteriores será competente el Registro de Bienes Muebles del lugar de celebración del contrato y, en su defecto, el Registro Central.

Por último, según determina el artículo 4 del Reglamento del Registro de Condiciones Generales de la Contratación, las condiciones generales de los contratos, y los mandamientos y ejecutorias relativas a resoluciones judiciales se inscribirán en el Registro de Bienes Muebles correspondiente al domicilio social o profesional del predisponente, o en su defecto al del establecimiento principal desde donde dirija y gestione fundamentalmente sus negocios.


¿Cómo se organiza el Registro de Bienes Muebles?

El Registro de Bienes Muebles se organiza en base a un Registro Central y Registros Provinciales.

El Registro de Bienes Muebles Central tiene su sede en Madrid en el Paseo de la Castellana, 44.

Los provinciales radican en los Registros Mercantiles de cada capital de provincia, además de en las ciudades de Ceuta y Melilla. Existen cinco registros más, que lo son sólo en cuanto a la sección de Buques y están integrados dentro de los Registros de la Propiedad de Motril 2, Ribadeo, Vigo 4, Cartagena 1 y Gijón 2.

Encuentre cualquier Registro de Bienes Muebles de España en nuestro directorio:


La reserva de dominio es una herramienta jurídica mediante la cual, la entidad que financia el vehículo no cederá plenos derechos sobre el bien vendido hasta no pagar su totalidad y esta presente en la mayoría de contratos de compraventa a plazos actualmente mediante una cláusula.

Existe la falsa creencia que en una compraventa a plazos lo que compras es tuyo desde el primer momento. Pues no, el vendedor no transmite la propiedad y el dominio del bien hasta no pagar todo.

Mientras pagues las cuotas hay una simple transmisión de la posesión y gracias a la reserva de dominio, el que te ha prestado el dinero para que te compres el objeto sigue conservando el dominio sobre la cosa y todas las facultades anejas de conservación y defensa de su derecho.

¿Cómo levantar reserva de dominio de un vehículo?

Cuando compras un vehículo mediante una financiación, lo más probable es que esta cláusula contractual esté incluida en el contrato que firmaste con la financiera o la entidad bancaria y tiene anotado en tráfico “reserva de dominio” para que este no pueda ser transferido si no está totalmente pagado. El problema está en que a pesar de estar pagado a día de hoy, ninguna financiera retira dicha anotación de reserva si no es por petición del cliente.

Por eso tienes que dejar tu vehículo libre de cargas para poder realizar la transferencia en caso de querer venderlo, a continuación te explicamos los pasos a seguir para cancelar reserva de dominio:

  1. Recuperar el contrato de financiación bancaria del vehículo.
  2. Si no lo tienes, solicitar un informe del vehículo en Dirección general de Tráfico para saber cuál es la entidad financiera o bancaria con la reserva de dominio.
  3. Solicitar nota simple en el Registro de Bienes Muebles de Madrid.
  4. Solicitar carta de pago original del vehículo a la financiera.
  5. Esperar a la entidad financiera o bancaria envíe una carta de cancelación, normalmente suele tardar entre 7 a 12 días.
  6. Pagar la carta de pago de la financiera en concepto de trámites de emisión de la carta.
  7. Acudir en persona de nuevo al Registro de Bienes Muebles de Madrid.
  8. Solicitar y presentar la documentación necesaria para el levantamiento ante la jefatura.
  9. Pagar provisión de fondos en el Registro de Bienes Muebles de Madrid en concepto de cancelación de reserva de dominio.
  10. En aproximadamente unos 15 días recoger documentación en el registro, y ya puedes transferir tu vehículo en tráfico sin ningún problema.

Documentación necesaria para cancelar la reserva de dominio:

  • Carta de pago o cancelación de la financiera.
  • Fotocopia del documento identificativo del interesado:

– Personas físicas: Fotocopia documento nacional de identidad (DNI) en vigor.

– Personas jurídicas: Código de identificación fiscal (CIF), escritura de constitución, DNI del representante legal de la entidad jurídica y documento donde se acredite como representante.

  • Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (ITV).
  • Permiso de circulación del vehículo.
  • Impreso de cancelación o levantamiento de reserva de dominio del Registro de Bienes Muebles.

¿Cómo se hace la cancelación o levantamiento de un embargo en el Registro de Bienes Muebles?

Puede cancelar una anotación preventiva de embargo en el Registro de Bienes Muebles de Madrid sobre un vehículo en función de los siguientes supuestos:

Si está vigente el embargo:

Si el embargo está vigente, solo te quedará la opción de pagar la deuda, y posteriormente solicitar la cancelación de embargo en el Registro de Bienes Muebles de Madrid.

Por eso, nuestro consejo siempre es que, antes de adquirir cualquier bien mueble, se compruebe en el Registro de Bienes Muebles de Madrid, para asegurarte que esté libre de cualquier deuda o embargo.

  • Será necesario presentar en el Registro de Bienes Muebles el mandamiento de cancelación original expedido por el organismo competente: Juzgado, Seguridad Social, Agencia Tributaria, etc.

Si está caducado el embargo:

Si han pasado más de cuatro año desde que el embargo se incluyó en el Registro de Bienes Muebles de Madrid, éste habrá caducado. Es decir, si la persona que inscribió dicho embargo, no lo ha renovado, podrás pedir la cancelación del embargo de bienes muebles por caducidad. La solicitud de esta cancelación supone el pago de un arancel, y se puede realizar de dos maneras:

  • Mediante el mandamiento de cancelación original expedido por el organismo competente.
  • Mediante la solicitud de cancelación de anotación de embargo por caducidad, debidamente cumplimentada y firmada y acompañada de fotocopia del DNI.

Si se ha realizado el pago por parte del deudor:

Puede que el deudor haya pagado ya la deuda, pero no haya solicitado cancelar el embargo en el Registro de Bienes Muebles de Madrid. Es decir, en su día la persona que tenía la deuda la pagó, pero no se molestó en cancelar el embargo.

Así que, en este caso debes solicitar la cancelación del embargo ya que la deuda está pagada. La solicitud de esta cancelación supone el pago de un arancel.

¿No sabe cuál es la autoridad que ordenó el embargo?

>>> Solicite una nota simple informativa de vehículo

¿Qué documentos debo presentar en el Registro?

  • Instancia de presentación debidamente cumplimentada por el presentante del documento.
  • Documento original.
  • Pago en efectivo / tarjeta / justificante de transferencia (para saber el importe exacto puede llamar al Registro de Bienes Muebles de Madrid e indicar la matrícula y nº de procedimiento).

Las reseñas de embargos que consten en la Base de Datos de la Dirección General de Tráfico anteriores a abril de 2001, que cumplan con lo dispuesto en el apartado 6ª de la Instrucción de la D.G.R.N. de 3 de diciembre de 2002 podrán ser cancelados mediante el impreso «Cancelación de embargo – archivo histórico DGT».